Empleo y Capacitación
octubre 18, 2025 10:17 pm

Bono de desempleo (IESS): requisitos y cómo cobrar [2025]

Guía del bono/Seguro de Desempleo del IESS 2025: requisitos, montos, duración y paso a paso para solicitar en línea. Verifica todo en el portal oficial.
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Si perdiste tu empleo en relación de dependencia, puedes solicitar el Seguro de Desempleo del IESS (conocido como “bono de desempleo”). Aquí tienes, en un solo lugar, requisitos, montos, duración y el trámite en línea para cobrarlo con seguridad. El proceso es gratuito y se realiza 100% en el portal del IESS.

¿Qué es y a quién beneficia?

Es una prestación económica temporal que protege a afiliados al IESS que quedaron cesantes por causas ajenas a su voluntad (no aplica para renuncia). Cubre hasta 5 pagos mensuales y puede combinarse o no con tu cesantía según la opción que elijas.

  • Dirigido a: trabajadores con relación de dependencia que cumplan aportes mínimos.
  • No reemplaza tu sueldo, pero alivia ingresos mientras te reubicas.
  • Dura máximo 5 meses si no reinicias aportes antes.

Solicita el bono (Seguro de Desempleo) paso a paso

  1. Entra a www.iess.gob.ec → menú AfiliadosSeguro de Desempleo.
  2. Accede con cédula y clave.
  3. Completa el formulario, elige la opción de pago (con o sin cesantía) y confirma.
  4. Imprime/guarda la proyección de pagos y verifica tu cuenta bancaria registrada.

Requisitos y documentos

  • 24 aportaciones no simultáneas (historia laboral).
  • 6 últimas aportaciones consecutivas e inmediatas al cese.
  • 60 días continuos de cesantía antes de solicitar.
  • Registrar la solicitud desde el día 61 y hasta 45 días después (límite: día 106 desde el cese).
  • No haber renunciado voluntariamente ni estar jubilado.
  • Tener cuenta bancaria activa registrada en el IESS.

Exclusiones (no aplica): renuncia voluntaria, afiliación voluntaria, jubilados, sin relación de dependencia, seguro campesino, trabajo no remunerado del hogar.

Montos y cómo se calculan

El beneficio se paga en 5 cuotas mensuales y puedes escoger una de estas dos opciones:

  • Opción 1 (Seguro + Cesantía): pagos decrecientes según el promedio de tus últimos 12 sueldos: 70% (1.° pago), 65% (2.°), 60% (3.°), 55% (4.°) y 50% (5.°).
  • Opción 2 (solo fondo solidario): 5 pagos iguales del 70% del SBU vigente (en 2025, USD 329 por mes).

Nota: si eliges solo Seguro, conservas tu cesantía para un retiro posterior; si eliges Seguro + Cesantía, parte de tu cesantía se usa para calcular los pagos decrecientes.

Fechas y lugares de pago / Puntos de cobro

  • El primer pago puede acreditarse entre el día 91 y 120 desde la fecha de cese; los siguientes, cada 30 días.
  • Los pagos se realizan a tu cuenta bancaria registrada en el IESS (no hay ventanilla). Lleva tu cédula si el banco lo requiere para validaciones.

Registro Social: cómo actualizar datos

No es obligatorio para el Seguro de Desempleo, pero tener datos actualizados (teléfono, correo y cuenta bancaria) en IESS evita rechazos de pago o notificaciones fallidas. Actualízalos en tu Historia Laboral antes de solicitar.

Problemas comunes (por qué no aparezco / cómo apelar)

  • Renuncia voluntaria: no cubre. Si el cese fue voluntario, no calificas.
  • Menos de 24 aportes o 6 no consecutivas: espera completar los aportes y conserva respaldos del cese.
  • Solicitaste cesantía primero: si retiras la cesantía antes, el sistema no permite recibir el Seguro simultáneamente. Prioriza el trámite del Seguro si lo necesitas.
  • Fuera de plazo (día 61 a 106): si se te pasó el plazo, no podrás solicitar por ese evento; para un nuevo evento de desempleo, puedes volver a aplicar si cumples requisitos.

Enlaces útiles

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar si estoy afiliado voluntario o sin relación de dependencia?
No. Esta prestación cubre solo a quienes cotizan en relación de dependencia.

¿Cuántas veces puedo cobrar?
Las veces que ocurra un nuevo evento de desempleo y cumplas nuevamente todos los requisitos y plazos.

¿Sigue vigente el “alivio” para pedir desde el día 10?
Ese beneficio fue temporal para ceses entre noviembre 2024 y febrero 2025 (solicitud desde el día 10 y hasta el día 100). Hoy aplica el régimen general (día 61 a 106). Verifica si hay nuevas disposiciones en la sala de prensa del IESS.